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Portal de transparencia

APLICACIÓN DE LA NORMA SOBRE TRANSPARENCIA EN CENTROS CONCERTADOS

La transparencia y las buenas prácticas en la gestión y la participación en los centros privados sostenidos con fondos públicos, son principios básicos en el funcionamiento de este centro desde el inicio del proceso de concertación en el curso 1985/1986. Nuestro colegio, con la participación del consejo escolar (órgano de representación y participación de la comunidad educativa) ha venido cumpliendo con la obligación de justificar los fondos recibidos cada curso según la normativa aplicable, sin que se haya generado incidencia alguna en tal justificación.

La justificación de gastos viene regulada por la Orden de 31 de diciembre de 1990 (BOC núm. 16, de 6 de febrero), que se apoya en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre conciertos educativos, artículo 40. La Resolución de 28 de julio de 2010, de la Dirección General de Promoción Educativa, aprueba el modelo de certificación acreditativa de la justificación de estos gastos.

La entrada en vigor de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, supone un avance en la regulación normativa de esta materia, siendo de aplicación en Canarias, así como la propia normativa autonómica, que lo recoge en Ley 12/2014, de 26 de diciembre.

En línea con las disposiciones que desarrollan esta ley de transparencia, los centros privados concertados ofrecerán acceso a la información pública de forma presencial, por Internet, y por vía telefónica, de la relación de información que a continuación se detalla:

a)  Etapas educativas concertadas.
  • Número de unidades concertadas por etapa
  • Número de docentes incluidos en el concierto
  • Importe percibido mensualmente de la Administración Educativa, por las unidades concertadas, en concepto de gastos de

 

A través del presente Portal de la transparencia, el PUREZA DE MARÍA LA CUESTA cumple con este compromiso de publicidad activa y desea seguir mostrando su compromiso total  con la transparencia en todos los aspectos de su funcionamiento y en el desarrollo de sus actividades, como ha realizado en todo momento. Confiamos en que el presente portal resulte de utilidad para cumplir dicho objetivo de transparencia en la gestión y acceso a la información.

El Colegio centra su actividad en la acción educativa en los niveles educativos de II CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA y EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, siendo beneficiario de concierto educativo en todos estos niveles. Por cuanto el Gobierno de Canarias no convoca ayudas, subvenciones, y otras medidas de apoyo a las familias ni para actividades complementarias, extraescolares y servicios escolares, como Auxiliares de Conversación, Visitas y Excursiones, Trabajadora Social, Orientación Psicopedagógica, Servicio de Biblioteca, Seguro Escolar, Actividades Pastorales, Sistemas de Gestión de la Calidad del Centro, Aulas Virtuales y Contenidos digitales en Plataforma digital.

NORMATIVA APLICABLE

  • Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.
  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos
  • Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017 (para 2018, que habrá que actualizar cuando se publique).
  • Ley 3/2016, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2017
  • Orden de 26 de diciembre de 2016, por la que se dictan normas para la suscripción, renovación y/o modificación de los conciertos educativos de las enseñanzas de 2º Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial, Bachillerato y Formación Profesional para los cursos 2017/2018 al 2022/2023.
  • Orden de 19 de septiembre de 2017, por la que se procede a la renovación y modificación del concierto educativo para las enseñanzas de 2º ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial, Bachillerato y Formación Profesional, para los cursos 2017/2018 al 22022/2023.

 

ETAPAS EDUCATIVAS CONCERTADAS Y NÚMERO DE UNIDADES

ETAPASUNIDADES
II CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL6 unidades
EDUCACIÓN PRIMARIA12 unidades
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA8 unidades

 

NUMERO DE DOCENTES INCLUIDOS EN EL CONCIERTO EDUCATIVO

Se regula esta materia para los centros con carácter general en la ORDEN DE 14 DE ABRIL DE 2008, por la que se regula el personal docente financiado con fondos públicos de los que podrán disponer los Centros Privados Concertados de Canarias para el incremento de la ratio profesor-unidad concertada, Profesores de Pedagogía Terapéutica, Profesores de Psicología y Pedagogía, Atención Domiciliaria y Programas de Diversificación Curricular (BOC nº 90, de 6 de mayo de 2008). http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2008/090/boc-2008-090-001.pdf

Siendo la jornada lectiva de nuestro profesorado de 25 horas, el número de los/las docentes y equipos directivos financiados para las materias curriculares obligatorias en ese nivel, incluyendo jornadas completas y parciales, ascienden a 57.

MODULO PRESUPUESTARIO POR UNIDAD ESCOLAR

ETAPAS

FONDOS PÚBLICOS POR UNIDAD/MES GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

II CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL496,22 €

EDUCACIÓN PRIMARIA

496,22 €

1º y 2º EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

645,09 €

3º y 4º EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

712,01 €

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